¿Quieres dar de baja tu suministro de agua del Canal de Isabel II? Aquí te explicaremos cómo se hace, cuánto cuesta, y que documentación te hace falta.

¿Cómo dar de baja el agua en el Canal de Isabel II?

Hay diferentes vías a través de las cuales se pueden hacer o iniciar los trámites para darse de baja en el suministro de agua del Canal de Isabel II:

  • Web: El trámite se puede realizar a través de la web del canal de Isabel II.
  • Teléfono: Se pueden empezar las gestiones a través del teléfono del Canal Isabel II 900 365 365, pero tiene que utilizarse otra vía para enviar la documentación.
  • Email: El canal de Isabel II tiene un correo electrónico clientes@canalisablesegunda.es a través del cual se pueden hacer las gestiones.
  • Fax: Esta vía se utiliza a partir del número de fax 915 451 430.
  • Mensajería: Remitiéndolo a la oficina principal en : C/ Santa Engracia, 125 (28003 – Madrid).
  • Presencial: En cualquier oficina del Canal de Isabel II.

¿Cuál es el precio dar de baja el Canal de Isabel II? Su coste

Aunque el precio de darse de baja en el Canal de Isabel II varía en función de la casa, hay diferentes conceptos que harán variar lo que uno paga:

  • Coste de la obra que se llevará a cabo en la acometida.
  • Ajuste en caso de que haya facturas sin pagar.
  • Devolución por parta del Canal de Isabel II del anticipo del consumo.

A su vez, al igual que en otros casos, existen diferentes formas de pago

  • Cheque
  • En la oficina principal a través de una tarjeta de crédito, débito o en metálico.
  • En el resto de oficinas a través de tarjeta de crédito o débito.
  • Domiciliación bancaria.
  • Transferencia bancaria.

¿Qué documentación hay que presentar para darse de baja en el Canal de Isabel II

La documentación a presentar para dar de baja el suministro de agua en el Canal de Isabel II es:

  • El formulario con el que se solicita dar de baja el suministro.
  • Documento identificativo bien sea el CIF o el DNI y solicitante para su comprobación, con la autorización del titular para el caso del CIF.
  • En caso de que sea nuevo propietario, también hay que dar una copia de los certificados de relación con la finca o inmueble.
  • Sin ser obligatorio, se recomienda dar la lectura del contador con la fecha que la que se leyó.

Para cubrir el formulario, hace falta la siguiente información:

  • Información formulario.
  • Datos del titular del contrato: Nombre, número de identificación, vinculación con la finca.
  • Datos de contacto: Calle, teléfono, correo electrónico.
  • Localización de la finca.
  • Causas de la baja.
  • Número de contador y su lectura.
  • Orden de domiciliación e información financiera

¿Qué diferencia hay entre baja definitiva y temporal del Canal de Isabel II?

Hay dos tipos de bajas, en función de si se pretende retomar o no el consumo en el futuro:

  • Baja definitiva del Canal de Isabel II.
  • Se produce la rescisión del contrato entre el Canal de Isabel II y el cliente.
  • Se corta de manera permanente el suministro.
  • Baja temporal del Canal de Isabel II.
  • Se mantiene el contrato entre el Canal de Isabel II y el cliente.
  • Se corta de manera temporal el suministro.
  • Sigue habiendo facturación por consumo de agua.

¿Hay que entregar documentación extra si se tiene algún tipo de bonificación?

No hace falta entregar ningún tipo de formulario extra ni para el bono social del Canal de Isabel II ni para otra bonificación extra como puede ser la del bono por viuedad, por familia o vivienda numerosa.

¿Si se quiere dar el alta en el Canal de Isabel II después, se hace algún trámite especial?

No, se hace el trámite entero otra vez para volver a dar el alta agua en el Canal de Isabel II con su gasto. Por lo que si se pretende volver a abrir el suministro, no interesa económicamente cerrarlo.